Mapa Perills

Mapa de Peligros Alimentarios

Residuos de medicamentos veterinarios

Todas las sustancias farmacológicamente activas, expresadas en mg/kg o mg/kg sobre la base del peso en fresco, ya sean sustancias activas, excipientes o productos de degradación, y sus metabolitos que permanezcan en los alimentos obtenidos a partir de animales (ref.1). Cualquier sustancia farmacológicamente activa destinada a utilizarse en la Unión Europea en medicamentos veterinarios que deba administrarse a los animales productores de alimentos debe ser objeto de una evaluación del riesgo que es realizada por la Agencia Europea de Medicamentos (EMEA). La evaluación científica del riesgo debe establecer la cantidad correspondiente que puede ser ingerida por las personas durante toda la vida sin riesgo para la salud, expresada en términos de ingesta diaria admisible (IDA). También la evaluación debe establecer el contenido máximo de residuo (LMR) que se puede permitir en un alimento, para evitar que la ingesta de residuos sea superior a la IDA (ref.2). Las IDA y los LMR de cada sustancia autorizada se pueden consultar en la web de la EMEA en el informe sobre el límite máximo de residuo de dicha sustancia (ref.3).

La ingesta crónica o continúa de cualquier residuo de sustancia farmacológicamente activa en una cantidad superior a la IDA presenta un efecto tóxico sobre el organismo. Estos efectos tóxicos pueden ser desde un efecto farmacológico indeseable, una alteración de la flora intestinal o un daño sobre un tejido del organismo (ref.4). Algunos medicamentos pueden causan reacciones alérgicas en personas sensibles (ref.4).

Toda la población es vulnerable, especialmente a que pueda ser alérgica a alguna sustancia activa como la penicilina o las cefalosporinas.

En 2011, se analizaron 742.902 muestras de animales y productos de origen animal en la Unión Europea. Los resultados muestran que sólo un 0,28% de las muestras excedían los LMR establecidos a la legislación europea. Destacan los antibióticos, las sustancias antitiroidales (tiouracil, por consumo de piensos a base de plantas crucíferas), hormonas esteroides, corticoides, ácido resorcíclico lactona (por consumo de piensos contaminados por hongos Fusarium), zearalanona y derivados (por consumo de piensos contaminantes por hongos), beta-agonistes, sustancias prohibidas (cloramfenicol, nitrofuranos y nitroimidazoles) (ref.5).
En 2010, en Cataluña se cogieron 12.709 muestras en piensos, animales y alimentos en el marco del Plan de Investigación de Residuos en Animales y Alimentos de Origen Animal, de las cuales, 28 (0,16%) muestras resultaron no conformes: 6 en pienso, 6 en leche, 6 en miel y 3 en carne, todas ellas relacionadas con los antibióticos y coccidiostáticos. Solamente en una muestra se detectó un medicamento prohibido, la furazolidona (ref.6).

En 2012 hubo en Europa 13 notificaciones por presencia de medicamentos prohibidos (gambas de India, tripa de China para embutidos); 21 casos de sustancias no autorizadas (anticoccidio clopidol en pollo de Brasil, fenilbutazona en carne de caballo, verde de malaquita en productos de la pesca de Indonesia); 6 notificaciones por residuos por encima del LMR y 12 notificaciones por medicamentos no autorizados en ciertas especies (ivermectina en carne de vacuno de Brasil) (ref.6).

Todos los alimentos de origen animal.

Los fabricantes de mezclas medicamentosas y de piensos compuestos que las incorporan deben tener un sistema de autocontrol basado en los principios del APPCC que prevea el peligro de sobredosificación y el de contaminación cruzada. Los ganaderos deben tener bajo control los piensos medicados y los medicamentos. Se llevará un registro de los tratamientos veterinarios que sirva para respetar el período de supresión, se deben guardar las recetas veterinarias para comprobar las dosis, vía de administración y duración del tratamiento y, sobre todo, deben identificar los animales tratados inequívocamente. Es recomendable disponer de silos de uso exclusivo para los piensos medicados y vaciarlos cuando ya no sea necesario el tratamiento, a fin de evitar su contaminación cruzada con otros piensos o la administración accidental a los animales. Las industrias alimentarias deben incorporar este peligro en sus sistemas de autocontrol y analizar periódicamente la presencia para asegurarse de que sus proveedores les suministran alimentos o animales conformes.

1. Unión Europea, 1990. Reglamento (CEE) No 2377/90 del Consejo de 26 de junio de 1990 por el que se establece un procedimiento comunitario de fijación de los límites máximos de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos de origen animal. Diario Oficial de la Unión Europea 2377/90, 1-113. 2. EFSA, 2008. Foodborne antimicrobial resistance as a biological hazard [On Line]. Disponible http://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/doc/765.pdf, Accedido 21 Noviembre 2011. 3. WHO, 2001. Monitoring antimicrobial usage in food animals for the protection of human health [On Line]. Disponible http://whqlibdoc.who.int/hq/2002/WHO_CDS_CSR_EPH_2002.11.pdf, Accedido 21 Noviembre 2011. 4. ACSA, 2011. Resistencia Antimicrobiana [On Line]. Disponible http://www.gencat.cat/salut/acsa/html/es/dir1625/doc16624.html, Accedido 21 Noviembre 2011. 5. European Commission (EC). Food and feed safety. Hormones in meat [On Line]. Disponible http://ec.europa.eu/food/food/chemicalsafety/contaminants/hormones/index_en.htm, Accedido 2 Noviembre 2011. 6. EFSA, 2010. Technical report of EFSA Report for 2008 on the results from the monitoring of veterinary medicinal product residues and other substances in food of animal origin in the Member States [On Line]. Disponible http://www.efsa.europa.eu/en/scdocs/doc/1559.pdf, Accedido 21 Noviembre 2011. 7. GenCat, 2010. La vigilà ncia i el control de medicaments veterinaris i els seus residus en animals i aliments d origen animal a Catalunya [On Line]. Disponible http://www.refworks.com/refworks2/default.aspx?r=references|MainLayout::init, Accedido 21 Noviembre 2011.